CONTRATO DE PRESTACIÓN
DE SERVICIOS INTEGRALES Y CONVENIO DE CONFIDENCIALIDAD, QUE HACEN Y
CELEBRAN ENTRE SI, OSCAR MORENO MANOSALVA CON C.C. No.
19.345.829 DE BOGOTÁ, QUIEN
ACTÚA A NOMBRE PROPIO Y TAMBIÉN EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE SOACHA “COOPSOACHA” CON No. N.I.T. No. 800059993 – 5 Y POR OTRA
PARTE EL SEÑOR NOEL SANTAMARÍA JEREZ CON C.C. No. 79.350.517 DE BOGOTA, QUIEN ACTUA EN
NOMBRE PROPIO Y TAMBIÉN EN CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA “FUNDACIÓN DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL
FUNDAMIAV” CON No. DE N.I.T. 900635031-9 * CONSTE POR EL PRESENTE DOCUMENTO, QUE ENTRE LOS
SUSCRITOS RELACIONADOS Y NOMBRADOS EN LOS TERMINOS DE REFERENCIA, ACUERDAN
CELEBRAR EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y CONVENIO DE
CONFIDENCIALIDAD NCNDA, QUE SE REGIRÁ
POR LOS SIGUIENTES ACUERDOS SOLIDARIOS Y MANCOMUNADOS ENTRE LAS PARTES: * SE DETERMINA LA PARTICIPACIÓN
DE LOS AQUÍ COMPROMETIDOS EN DOS GRUPOS DE TRABAJO LOS CUALES SE DENOMINAN PRIMER CONTRATANTE
Y SEGUNDO CONTRATANTE. * EL PRIMER CONTRATANTE ES EL SEÑOR OSCAR MORENO MANOSALVA QUIEN ACTUARA COMO
PERSONA NATURAL Y TAMBIÉN COMO REPRESENTANTE LEGAL DE “COOPSOACHA”, COMPROMETIDO SOLIDARIAMENTE CON EL SEGUNDO CONTRATANTE EN
TODOS Y CADA UNO DE LOS PROYECTOS COMERCIALES QUE SE PROPONGAN CONTRATAR. * EL SEGUNDO CONTRATANTE ES
EL SEÑOR NOEL
SANTAMARÍA JEREZ QUIEN ACTUARA COMO
PERSONA NATURAL Y TAMBIÉN EN REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA EMPRESA DENOMINADA “FUNDACION
DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL FUNDAMIAV”, EN
COMPROMISO PERMANENTE Y SOSTENIDO CON EL PRIMER
CONTRATANTE. * EL OBJETO FUNDAMENTAL DEL
ACUERDO AQUÍ RELACIONADO ES LA PARTICIPACION INTER - EMPRESARIAL, PARA LA
PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA SOLIDARIO QUE ADELANTA LA COOPERATIVA MULTIACTIVA
DE SOACHA “COOPSOACHA”, DENOMINADO “EVENTOS PARA
LA PLATAFORMA DE GESTION Y RESTAURACION GLOBAL SOLIDARIA DE COOPSOACHA”, QUE SE REGIRA POR Y ENTRE LAS PARTES EN ALIANZA
ESTRATEGICA QUE SE RIGE CONFORME A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: CLAUSULA PRIMERA –
EL PRIMER
CONTRANTE Y EL SEGUNDO CONTRATANTE SE OBLIGAN A
PROMOVER, PATROCINAR E INCENTIVAR
LA PROGRAMACIÓN, BÚSQUEDA, UBICACIÓN, CONSECUCIÓN Y PRESENTACIÓN
DE CONTACTOS Y PROPUESTAS COMERCIALES Y
FINANCIERAS DE TODA ÍNDOLE, CON PROPÓSITOS DEFINIDOS DE IMPULSAR LA
PUESTA EN MARCHA DE TODOS Y CADA UNO DE LOS PROGRAMAS QUE ADELANTA “COOPSOACHA”
EN LA ORGANIZACIÓN GLOBALIZADA DE “EVENTOS PARA LA PLATAFORMA DE GESTION Y
RESTAURACION GLOBAL SOLIDARIA DE COOPSOACHA” Y LA “FUNDACION DESARROLLO SOCIAL
INTEGRAL FUNDAMIAV”. CLAUSULA SEGUNDA – LA CONTRATACIÓN
DE SUB AGENTES OPERATIVOS O PRESTADORES DE SERVICIOS A CUALQUIER TITULO, SERÁN
DE ENTERA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL DE LOS CONTRATANTES.
CLAUSULA TERCERA –EL SEGUNDO CONTRATANTE
SE OBLIGA A VELAR Y ASUMIR CONDUCTAS Y ACTUACIONES DE BUENA FE, CON MORALIDAD
COMERCIAL DEFINIDA, EN BENEFICIO DE LOS
INTERESES COMPARTIDOS CON EL PRIMER CONTRATANTE Y VICEVERSA, EN CADA EVENTO
COMERCIAL, DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO. CLAUSULA CUARTA – EL PRIMER CONTRATANTE SE OBLIGA
A COMUNICAR AL SEGUNDO CONTRATANTE Y
VICEVERSA, TODA LA INFORMACIÓN Y EL KNOW HOW DE QUE SE DISPONGA CUANDO SEA
NECESARIO; HACE PARTE DEL PRESENTE
CONTRATO Y EN PARTICULAR GARANTIZAR LA SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL DE LOS TERCEROS
QUE SEAN CONTRATADOS POR LAS PARTES, PARA LA EJECUCIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS
ACTOS Y OBLIGACIONES QUE SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON LA APLICACIÓN DE LOS
CONTRATOS ESTABLECIDOS. CLAUSULA QUINTA – EL SEGUNDO CONTRATANTE SE OBLIGAN A
DESARROLLAR SUS ACTIVIDADES CONFORME AL CONTRATO GENERAL Y A LAS INSTRUCCIONES
SEÑALADAS EN LA CLAUSULA PRIMERA DE ESTE CONTRATO Y LAS INDICACIONES O
SUGERENCIAS RECIBIDAS DE PARTE DEL PRIMER
CONTRATANTE Y/O DEL OPERADOR ENCARGADO DE LA
PROGRAMACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE CADA UNO DE LOS PROYECTOS Y EVENTOS, SIEMPRE
QUE NO SE AFECTEN LA INDEPENDENCIA PARTICULAR E INTERESES COMERCIALES Y ECONÓMICOS
DE CADA UNA DE LAS PARTES. CLAUSULA SEXTA – EL SEGUNDO CONTRATANTE SE OBLIGAN A RECIBIR EN NOMBRE DE EL PRIMER CONTRATANTE,
TODAS LAS INFORMACIONES Y/O SOLICITUDES DE LOS TERCEROS, PARA FACILITAR LOS PROPÓSITOS DE ALTA
EFICIENCIA GERENCIAL, EN EL DESEMPEÑO DE SU GESTIÓN OPERATIVA, EN BENEFICIO DE
CADA UNO DE LOS PROYECTOS Y EVENTOS. CLAUSULA
SEPTIMA –EL SEGUNDO CONTRATANTE SE COMPROMETE
A COLOCAR A DISPOSICIÓN DE EL PRIMER CONTRATANTE Y VICEVERSA, LA INFORMACIÓN Y LOS DOCUMENTOS PARA
SOPORTE TÉCNICO APLICADO A LOS PROYECTOS Y EVENTOS CONTRATADOS, PARA EL BUEN
DESARROLLO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS PROYECTOS, PREVIA APROBACIÓN DE LAS
PROPUESTAS POR ESCRITO DE LAS PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS. CLAUSULA OCTAVA – EL PRIMER CONTRATANTE Y EL SEGUNDO CONTRATANTE,
OPERARAN COMO UN ÓRGANO ARTICULADOR AUTÓNOMO DE CARÁCTER COMERCIAL, CON
LIDERAZGO Y PARTICIPACIÓN DENTRO DE LOS DIFERENTES PROYECTOS, CON BASES Y
PRINCIPIOS ARMÓNICOS DE LEALTAD Y ALTA MORALIDAD COMERCIAL, EN LA BÚSQUEDA DE
BENEFICIOS MANCOMUNADOS DE Y PARA LA PARTES EN TODOS Y CADA UNO DE LOS
PROYECTOS POR ESCRITO QUE ACORDAREN DESARROLLAR. CLAUSULA NOVENA – LAS PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS GARANTIZAN LA IDONEIDAD Y LA CAPACIDAD TÉCNICA
Y PROFESIONAL DE SUS FUENTES Y ASOCIADOS ESTRATÉGICOS, MEDIANTE CONTRATOS,
ALIANZAS Y CONVENIOS FIRMADOS Y LEGALIZADOS DE ACUERDO A LAS LEYES VIGENTES
NACIONALES E INTERNACIONALES. CLAUSULA DECIMA – LA INICIACIÓN OPERATIVA DE CADA PROYECTO SE
HARÁ POR UN ADENDUM (CONTRATO) DE MANERA ESCRITA, DEBIDAMENTE LEGALIZADO
MEDIANTE CONTRATO ADICIONAL ANEXADO A ESTE CONTRATO, EN EL CUAL SE DETERMINARAN
LAS RESPONSABILIDADES, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CADA UNA DE LAS PARTES
QUE INTERVIENEN EN LA ORGANIZACIÓN, EJECUCIÓN Y REALIZACIÓN DE CADA UNO DE LOS PROYECTOS
Y EVENTOS A DESARROLLAR. CLAUSULA DECIMA PRIMERA – TODAS LAS COMUNICACIONES QUE
SEAN REQUERIDAS PARA LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO, SERÁN RECIBIDAS Y
ENTREGADAS POR ESCRITO Y REMITIDAS POR FAX, TÉLEX, CORREO REGULAR, CORREO ELECTRÓNICO,
CONVENIOS, CONTRATOS DE CONFIDENCIALIDAD (NCNDA), ETC. …, ESTOS DOCUMENTOS
SERAN ACEPTADOS POR LAS PARTES COMO DOCUMENTOS ORIGINALES VALIDOS. CLAUSULA DECIMA
SEGUNDA – EXCEPTO CUANDO SEA SOLICITADA POR LOS ENTES JURÍDICOS Y AUTORIDADES
LEGALES; LAS DOS PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS NO HARÁN EN NINGÚN MOMENTO, ANUNCIO
SOBRE LAS TRANSACCIONES IN CURSO, SIN EL CONOCIMIENTO PREVIO DE LA OTRA PARTE.
IGUALMENTE LAS PARTES SE ADHERIRÁN ESTRICTAMENTE AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD Y BUENA
FE, QUE INTERNACIONALMENTE ES DENOMINADO
POR LA ABREVIATURA NCNDA, OBLIGÁNDOSE A RESPETAR TODOS Y CADA UNO DE LOS CONTACTOS ESTRATÉGICOS,
TÉCNICOS, COMERCIALES Y FINANCIEROS DE CADA UNA DE LAS PARTES; ESTA CLAUSULA
TIENE LA OBLIGATORIEDAD DE QUE SE CUMPLA POR PARTE DE LAS PERSONAS DE MANEJO Y
CONFIANZA DE CADA LADO, QUE POR UNA U OTRA RAZÓN DEBAN CONOCER DE LAS TRANSACCIONES. CLAUSULA DECIMA TERCERA – ACUERDAN LAS PARTES QUE LOS
CONTACTOS, LAS FUENTES DE INFORMACIÓN TÉCNICA, COMERCIAL Y FINANCIERAS, SON
CONFIDENCIALES Y DE PROPIEDAD IDEOLÓGICA Y ESTRATÉGICA DE CADA UNA DE LAS
PARTES, POR LO TANTO SON DE SU EXCLUSIVA PROPIEDAD Y USO DE LA MISMA Y DEBERÁN
PERMANECER ASÍ, COMO DE SU EXCLUSIVA PROPIEDAD. CLAUSULA DECIMA CUARTA – ES COMPROMISO
SOLIDARIO INTEGRAL DE LAS PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS POR ESTE CONTRATO, ACTUAR
COMO UN SOLO ENTE ARTICULADOR OPERATIVO,
PARA PARTICIPAR MANCOMUNADAMENTE
DE LAS RESPONSABILIDADES QUE SE GENEREN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS FIRMADOS
CON EL
SEGUNDO CONTRATANTE EN TODOS Y CADA UNO DE
LOS EVENTOS. CLAUSULA DECIMA QUINTA - LOS PARÁMETROS DE DESARROLLO EN LOS QUE SE
ESTABLECE EL PRESENTE CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD, SERA PROYECTADO EN LAS
SIGUIENTES ACTIVIDADES PREFERENCIALMENTE: Ø PROGRAMACIÓN
Y EJECUCIÓN DE EXPLOTACIÓN INTEGRAL TECNIFICADA DEL ÁREA DE
MINERÍA EN TODAS SUS FORMAS Y
MANIFESTACIONES. Ø EJECUCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE
VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL RURAL, URBANA Y TURÍSTICA EN TODAS SUS
MANIFESTACIONES. Ø ELABORACIÓN
Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS AGROPECUARIOS DE ÚLTIMA GENERACIÓN EN TODAS SUS MODALIDADES,
EN EL TERRITORIO NACIONAL. Ø GESTIÓN DE ASESORÍA Y
PATROCINIO PARA LA PRODUCCIÓN MASIVA Y COMERCIALIZACIÓN DE LA PRODUCCIÓN DE
ARTESANÍAS DE TODO TIPO. Ø LA PRODUCCIÓN Y RECOLECCIÓN DE
SEMILLAS CLASIFICADAS DE TODO TIPO, NATIVAS E IMPORTADAS EN VOLÚMENES MAYORES
PARA LA ARBORIZACIÓN A NIVEL NACIONAL, PARA EL INICIO DE LOS PROGRAMAS BONSÁI,
EN CONVENIO INTEGRAL DE ONGs DE CARÁCTER SOCIAL SOLIDARIO. Ø LA CREACIÓN DE CENTROS
EDUCATIVOS PARA CAPACITACIÓN INTEGRAL EN CONVENIO CON ENTES
ESPECIALIZADOS, ONGs Y FUNDACIONES, CON O SIN ANIMO DE LUCRO, PÚBLICOS
O PRIVADOS, NACIONALES E INTERNACIONALES. Ø PRODUCCIÓN
Y EXPLOTACIÓN MASIVA DE ESPECIES PISCÍCOLAS CON FAENAS DE PESCA DE RIO Y MARINAS,
INCLUYENDO FRUTOS DEL MAR. Ø EL
MONTAJE DE PLANTAS DE PRODUCCIÓN DE ALTO RENDIMIENTO, PARA LA PRODUCCIÓN DE
ALIMENTOS PARA ANIMALES Y PARA SERES HUMANOS CON ÉNFASIS EN SUPLEMENTOS
VITAMÍNICOS Y VALORES AGREGADO EN APOYO DE LAS PRACTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA GLOBALIZADA. Ø CREACIÓN DE UN DEPARTAMENTO DE
PROYECTOS DE ASISTENCIA Y PATROCINIO CIENTÍFICO, CON IDENTIDAD Y SENSIBILIDAD
ÉTNICA. Ø LA
PARTICIPACIÓN DE DESARROLLO DE LAS NORMAS Y PROGRAMAS INTEGRALES PARA
APLICACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE HACER PAÍS. Ø LA
CREACIÓN MANCOMUNADA DE CINCUENTA (50) EMPRESAS S.A.S. PARA LA PUESTA EN
MARCHA DE NUESTROS PROYECTOS GLOBALES ESPECÍFICOS.Ø LA CONSECUCIÓN DE GARANTÍAS PARA LA
GESTIÓN DE CRÉDITOS INTERNACIONALES PARA TODOS Y CADA UNO DE LOS PROYECTOS. Ø LA PROGRAMACIÓN Y REALIZACIÓN DE
EVENTOS DE TODO TIPO, EN PRO DE FONDOS Y BENEFICIOS SOCIAL SOLIDARIOS DE LAS
ONGs, FUNDACIONES Y TODAS LAS COMUNIDADES Y ETNIAS COMPROMETIDAS CON NUESTRA
CAUSA. Ø LA
TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS NACIONALES E INTERNACIONALES FIRMANDO CONVENIOS
GLOBALIZADO. Ø EL DESARROLLO DE MEGAPROYECTOS
INTEGRALES ETNO-TURISTICOS. Ø LA ARBORIZACIÓN
TECNIFICADA DE ESPECIES PRODUCTIVAS MADERABLES, FRUTÍCOLAS Y ALIMENTARIAS EN
TODO EL PAÍS, DE CORTO, MEDIANO Y LARGO
PLAZO, DE ACUERDO A LOS PROGRAMAS FORESTALES VIGENTES. Ø LA CREACIÓN Y FIRMA DE CONVENIOS CON ONGs
Y FUNDACIONES, PARA LA CONSECUCIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS POR MEDIO DE EVENTOS
DE AUTOGESTIÓN Y DIFUSIÓN SOCIO-CULTURAL Y ARTÍSTICA GLOBALIZADA.Ø LA REALIZACIÓN DE
PROYECTOS INTEGRALES DE TRANSPORTE MULTIMODAL, CON ÉNFASIS EN EL
TRANSPORTE DE CARGA Y PASAJEROS, EN CONVENIO Y ALIANZAS ESTRATÉGICAS CON
EMPRESAS PUBLICAS O PRIVADAS, NACIONALES E INTERNACIONALES, CON O SIN ANIMO DE
LUCRO. Ø PATROCINIO
DE PROGRAMAS Y OBRAS EVANGELIZADORAS Y MISIONERAS DE CARÁCTER CRISTIANO, CON
EVENTOS MASIVOS GLOBALIZADOS. Ø PATROCINIO
PARA LA CREACIÓN DE FAMI EMPRESAS, MICRO EMPRESAS Y LA
TECNIFICACIÓN DE LA PEQUEÑA, MEDIANA Y GRAN EMPRESA EN CALIDAD DE SOCIOS
ESTRATÉGICOS, EN PRO DE NUESTROS PROGRAMAS SOCIALES. Ø LA
CREACIÓN DE LAS IMÁGENES CORPORATIVAS EN LAS REDES Y LOS MEDIOS
ELECTROMAGNÉTICOS, PARA LA DIFUSIÓN GLOBAL DE LOS PROGRAMAS Y PROYECTOS IN
CURSO, REPRESENTADOS EN BLOGS, WEBS Y LA PARTICIPACIÓN MASIVA EN LAS POLÍTICAS
DE LAS REDES SOCIALES. Ø LA INSCRIPCIÓN EN LAS PLATAFORMAS
INTERNACIONALES DE CARÁCTER FILANTRÓPICO EN
PRO DE LA CONSECUCIÓN DE LAS DONACIONES Y PATROCINIOS PARA TODOS Y CADA UNO DE NUESTROS
PROYECTOS SOCIAL SOLIDARIOS DE CARÁCTER
EMPRESARIAL PARA REALIZACIÓN DE EVENTOS. Ø CONVENIOS
Y ALIANZAS SOCIALES, CULTURALES, COMERCIALES, EMPRESARIALES Y FINANCIERAS CON
LAS ORGANIZACIONES Y ENTES NACIONALES E INTERNACIONALES, PÚBLICOS O PRIVADOS
CON O SIN ANIMO DE LUCRO, INTERESADOS EN PARTICIPAR DE TODOS Y CADA UNO DE
NUESTROS PROGRAMAS, CON. CLAUSULA DECIMA
SEXTA.-
LA VALIDEZ DE ESTE CONVENIO SE INICIA
CON LA FIRMA DE ESTE CONTRATO Y SU DURACIÓN ES POR UN TERMINO DE DIEZ (10) AÑOS,
PRORROGABLES POR VOLUNTAD DE LAS PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS EN ESTE CONTRATO. CLAUSULA DECIMOSÉPTIMA. – LA
JURISDICCIÓN LEGAL DE ESTE CONTRATO, SERÁN LOS PAÍSES DE RESIDENCIA DE TODOS Y
CADA UNO DE LOS QUE FIRMAN ESTE CONTRATO Y TAMBIÉN LOS PAÍSES DONDE SE ESTÉN
TRAMITANDO LOS DIFERENTES PROYECTOS Y EVENTOS EVANGELISTEROS, CULTURALES, ARTÍSTICOS,
COMERCIALES Y FINANCIEROS DE CUALQUIER ÍNDOLE; SIENDO LA SEDE PARA TODO TIPO DE
NOTIFICACIÓN LA CALLE 84 SUR No. 9 – 52 ESTE, BARRIO YOMASA OFICINA 301 –
AVENIDA AL LLANO. TEL 571 4654407 BOGOTÁ-COLOMBIA-SURAMÉRICA, DONDE SE
DIRIMIRÁ CUALQUIER DIFERENCIA E INQUIETUD AL RESPECTO DEL PRESENTE
CONTRATO, DE ACUERDO AL CÓDIGO CIVIL Y LA CÁMARA DE COMERCIO DE COLOMBIA. CLAUSULA DECIMO OCTAVA.- EN
SEÑAL DE TOTAL APROBACIÓN DEL CONTENIDO DE ESTE CONTRATO SE FIRMA POR LAS
PARTES AQUÍ COMPROMETIDAS ENTRE EL PRIMER CONTRATANTE Y EL SEGUNDO CONTRATANTE, EN SANTAFÉ DE BOGOTÁ EL DÍA 31 DEL MES DE DICIEMBRE DE 2013 EN DOS ORIGINALES
DE IGUAL VALOR Y TENOR
PROMOVEMOS LA IGUALDAD DE LOS PAÍSES, LA SALUD AMBIENTAL Y EL STANDART DE VIDA DE LAS FAMILIAS DEL MUNDO
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